La víctima menor de edad en delitos sexuales

Se considera victima menor de edad a toda persona menor de 18 años, sin embargo, existe una subdivisión entre los menores de edad, durante el proceso penal al imponer alguna sentencia para el imputado, las divisiones son personas menores de 12 años, de 13 años a 15 años y de 15 años a 17 años, la sentencia para el imputado puede variar dependiendo de la edad de la víctima en el momento de la comisión del delito.

“El Organismo de Investigación Judicial (OIJ) dio a conocer este viernes que los jóvenes con edades entre los 12 y 17 años son las víctimas más comunes del delito de abuso sexual”. (Jiménez, 2018). Los menores de edad es una víctima más vulnera ante cualquier tipo de delito y en especial el de violación sexual, ya que, al ser cometido por una persona de mayor edad, con más fuerza física y mayor poder de manipulación, provoca que su víctima al ser menor de edad con menores posibilidad de defenderse se le hace más fácil la comisión del delito en comparación si lo realizara contra un mayor de edad que tiene más posibilidades de defenderse.  

En este tipo de delito se ha señalado que para el año 2016 un 49.9% de las violaciones sexuales el victimario corresponde a un familiar cercano, al presentarse dicha situación muchas veces la manipulación para menores de edad lo realizan bajo amenazas, por ejemplo: Un tío viola a su sobrina de 8 años, la amenaza que si dice o cuenta algo, mataría a su mamá, por lo que la víctima atemorizada por miedo no dice lo sucedido.


De acuerdo con el protocolo del Patronato Nacional de la Infancia las víctimas más vulnerables son:

            a)    Las personas que tienen una menor capacidad para resistir a un abuso, por              ejemplo: niños que no han desarrollado el habla o que tienen un retraso en               su desarrollo o impedimento físico o psíquico.

              b)    Los que carecen de afecto familiar y los alago del acosador les atrae.

             c)     Las personas que están en desarrollo, en la pubertad muestran desarrollos               sexuales.

            d)    Personas que son víctimas constantes de maltrato. 


Los abusos sexuales generan consecuencias graves no solo en el momento, si no que hay daños que perduran a largo plazo como:

         a)    Daños físicos, como dolores crónicos, alteraciones del sueño y trastornos                   psicométricos.
         b)    Depresiones, algunas veces con intento de suicidio.
         c)     Fobias a la sexualidad.
        d)    Problemas para las relaciones interpersonales. 

La acción en delitos sexuales

En los casos de violación sexual, el tipo de acción es pública, con el principal objetivo de proteger todo lo que esté relacionado con la víctima.

Turismo Sexual Infantil 

En diferentes países del mundo se da el turismo sexual, donde participan menores de edad, muchos terminan siendo violados o bien del delito de trata de personas. En se siguiente Link "Vídeo Documental" se muestra una explicación de como funciona el turismo sexual infantil en Costa Rica. 



Vídeo de Campaña contra el turismo sexual infantil 



Bibliografía 

Jiménez, B. E. (23 de 03 de 2018). La Nación. Obtenido de https://www.nacion.com/sucesos/seguridad/oij-jovenes-entre-12-y-17-anos-son-las-victimas/FOJFNQ4WP5FMTIMTYQNGN3RFOE/story/.

Patronato Nacional de la Infancia

Comentarios

  1. Buenas estimada compañera quisiera referirme o agregar acerca de los tipos de víctimas.

    1. Víctimas no participantes: Víctimas inocentes o ideal, son víctimas por las circunstancias o causas externas de la vida, están en el momento y lugar equivocado.
    2. Víctimas Participantes: Intervienen voluntariamente o no, se exponen a que les ocurran hechos delictivos, dejando sus pertenencias a la vista del delincuente, entre estas víctimas se encuentran las que cometen homicidio, suicidio y eutanasia.
    3. Víctimas familiares: En este tipo de víctimas los más vulnerables son los niños(as) y mujeres de hogar, son víctimas de los mismos miembros de la familia, los delitos los cometen dentro del mismo núcleo y de aquí que sean los más propensos a ocurrir. Violaciones, violencia intrafamiliar, femicidios.
    4. Víctimas colectivas: No corresponde a una persona física sino a una persona jurídica a la comunidad o al estado, entre algunos delitos a los que se esta expuesto este tipo de víctima son: delitos financieros, fraudes al consumidor, delitos informáticos.
    5. Víctimas especialmente vulnerables: En esta clase de víctimas entran los niños. ancianos y mujeres, siendo por su situación personal y de inocencia más expuestos, más cuando se entra en un estado de machismo, bullying, laboral entre otros.
    6. Falsas víctimas: Denuncian delitos que en realizan no han ocurrido, estos a su vez ocasionan errores judiciales, en otras palabras, inventan actos criminales, ya sea que la persona sufre trastornos mentales o psicológicos o simplemente por diversión.

    Referencias:

    Cuarezma Terán, Sergio (1996). La Victimología. En Estudios Básicos de Derechos Humanos, Tomo V, Instituto Interamericano de Derechos Humanos, San José, Costa Rica, ISBN: 9977-962-88-X, pp. 297-305. Rescatado de: http://www.sergiocuarezma.com/wp-content/uploads/2013/12/21-Victimologia.pdf

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